De acuerdo a la ordenanza N° 751 del Ministerio de Salud Pública (MSP), con fecha 23 de julio de 2020, los acompañantes que ingresen a las salas de internación del sanatorio deberán hacerlo con el equipamiento de protección personal.

El equipamiento exigido por el MSP con el que deben ingresar los acompañantes, consiste en:

- Máscara de protección quirúrgica

- Sobre-túnica

- Guantes descartables

- Alcohol en gel.

En caso de no cumplir con estos requisitos, la Institución se verá obligada a prohibir el ingreso de dicho acompañante (se entiende por acompañante a familiares, allegados o personal de empresas de servicio de acompañantes).

Para facilitarle al socio el acceso al kit sanitario, la Asociación Española ofrece este servicio dentro de la Institución. De cualquier forma, el acompañante puede adquirirlo fuera de la Asociación Española, si así lo desea.

 

PROTOCOLO DE INGRESO DEL ACOMPAÑANTE

 

Para ingresar al sanatorio, el acompañante deberá tener colocada la mascarilla de protección quirúrgica. A su vez, al ingresar por las puertas de entrada del edificio, pasará por los puestos de control de temperatura ubicados en el lugar. Se trata de tecnología con cámaras termosensibles, que permiten detectar la temperatura de la persona en tiempo real, y a distancia.

En la puerta de la habitación a la que se dirigen, y previo a ingresar a la sala, el acompañante debe colocarse sobre-túnica y guantes descartables. Cuando se retira de la sala, deposita la sobre-túnica y los guantes en un recipiente para tal fin, ubicado a un costado de los ascensores y escaleras.

Para ver la ordenanza ministerial N° 751 ingrese a continuación en documentos asociados.

 




Documentos asociados:

DocumentoOrdenanza ministerial sobre ingreso de acompañantes a salas de internación


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